Page 201 - Guia de Buenas Practicas AFEPADI 2019
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ANEXO 5: INGREDIENTES TECNOLÓGICOS

                  Información actualizada a fecha 1/01/2019.
                  Última versión disponible en: www.complementosalimenticios.info



                  ADITIVOS

                  Es necesario tener en cuenta toda la legislación vigente en este sentido, y revisarla cuidadosamente
                  para  conocer  qué  aditivos  y  con  qué  límites  máximos,  están  permitidos  en  cada  categoría  de
                  alimentos.

                  Actualmente la legislación sobre aditivos se ha recopilado en una serie de reglamentos europeos que
                  son de aplicación directa en toda Europa.

                  Reglamento 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2008 sobre
                  aditivos alimentarios y sus modificaciones posteriores.

                  Consultar más modificaciones en:

                  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX%3A32008R1333


                  Criterios de pureza de aditivos

                  Reglamento  231/2012  de  la  Comisión,  de  9  de  marzo  de  2012,  por  el  que  se  establecen
                  especificaciones  para  los  aditivos  alimentarios  que  figuran  en  los  anexos  II  y  III  del  Reglamento
                  1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre aditivos alimentarios.



                  AROMAS

                  Controles en los aromas y en algunos ingredientes alimentarios con propiedades aromatizantes.

                  Es  de  aplicación  el  Reglamento  1334/2008  del  Parlamento  Europeo  y  del  Consejo  de  16  de
                  diciembre de 2008 sobre los aromas y determinados ingredientes alimentarios con propiedades
                  aromatizantes utilizados en los alimentos y por el que se modifican el Reglamento 1601/91 del
                  Consejo, los Reglamentos 2232/962 y 110/20083 y la Directiva 2000/13/CE.

                  Reglamento 873/2012 sobre medidas transitorias respecto a la lista de la Unión de aromas y
                  materiales de base que figura en el anexo I del Reglamento 1334/2008 del Parlamento Europeo y del
                  Consejo.

                  Reglamento de Ejecución (UE) no 1321/2013 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2013, por el
                  que se establece la lista de la Unión de productos primarios autorizados para la producción de aromas
                  de humo utilizados como tales en los productos alimenticios o en su superficie, o para la producción
                  de aromas de humo derivados.

                  Reglamento 2065/2003, de 10 de noviembre de 2003, del Parlamento Europeo y del Consejo sobre
                  Aromas  de  Humo  utilizados  o  destinados  a  ser  utilizados  en  los  productos  alimenticios  o  en  su
                  superficie.



                  ENZIMAS

                  Controles  en  los  enzimas  que  son  añadidos  a  los  alimentos  con  una  función  tecnológica  en  la
                  fabricación,  procesado,  preparación,  tratamiento,  envasado,  transporte  o  almacenaje  de  los
                  alimentos.




                              Guía de Buenas Prácticas de Fabricación y Distribución de Complementos Alimenticios – 2019
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