Page 205 - Guia de Buenas Practicas AFEPADI 2019
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productos utilizados para la limpieza del depósito o la instalación y siempre que la ASC lo
considere pertinente.
Las empresas que estén ya funcionando en esta fecha, deben hacer un control inicial para
conocer la influencia de los materiales de la instalación y el estado en que se encuentra dicha
instalación, así como la influencia de los tratamientos efectuados y productos de limpieza
utilizados.
En el caso de que la EA efectúe algún tipo de tratamiento de potabilización tras el punto de
entrega del gestor de la red de distribución, la EA deberá realizar los controles de los posibles
subproductos del tratamiento utilizado: control de Bromatos en caso de ozonización; control
de THM en caso de Cloración etc. (Anexo I parte B, notas 1, 7 y 8)
Las empresas alimentarias podrán solicitar al fabricante o comercializador de los materiales
empleados en el depósito e instalaciones interiores fijas (tuberías, empalmes, juntas, codos,
válvulas…) una certificación de conformidad de acuerdo con la Decisión de la Comisión de 13 de
mayo de 2002, sobre procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción
en contacto con el agua destinada al consumo humano.
Asimismo, podrán solicitar al fabricante o comercializador de los materiales empleados en los equipos
y cisternas móviles utilizados por la industria, una certificación de conformidad de acuerdo con el
artículo 6 de la Directiva 89/109/CEE del Consejo de 21 de diciembre de 1988, relativa a los materiales
y objetos destinados a entrar en contacto con los productos alimenticios.
5.- Empresa alimentaria con abastecimiento propio
El agua distribuida por la red privada para su utilización en la EA debe ser desinfectada. Los
subproductos derivados de la desinfección deberán tener los niveles más bajos posibles sin
comprometer en ningún momento la eficacia de la desinfección, pudiendo solicitar a la autoridad
sanitaria exención de contener desinfectante residual, si no hay riesgo de contaminación o
crecimiento microbiano a lo largo de toda la red de distribución hasta el grifo del consumidor (artículo
10.2). Asimismo se deben realizar los tratamientos de potabilización necesarios para que el agua
cumpla con los requisitos establecidos en el Anexo I, sin producir una contaminación o degradación
de la calidad del agua, según dispone el artículo 10.3.
Hay que tener en cuenta que, en el caso de la EA ,el cloro combinado residual y el cloro libre residual
no se contemplará en el agua de proceso (agua después del tratamiento y antes de utilizarse en la
EA). (Anexo I parte C, nota 2)
Los aparatos de tratamiento utilizados no podrán transmitir al agua sustancias, gérmenes o
propiedades indeseables o perjudiciales para la salud y los materiales utilizados en los mismos deben
estar autorizados de acuerdo con la normativa correspondiente de materiales en contacto con
alimentos.
Se debe realizar:
- Comprobación del cloro libre residual o del sistema utilizado para la desinfección, en el agua
del grip. Frecuencia una vez/día de producción.
- Análisis de control: A la salida del depósito de regulación y/o de distribución, en función de
la capacidad del depósito, según establece el Anexo V.A.1b). En la red de distribución, en
función del volumen de agua distribuido por día, análisis de control con la frecuencia que
señala el Anexo V.A.1.c)
- Análisis completo. A efectos de este Real Decreto, los establecimientos deberán realizar en
la red de distribución un análisis completo al iniciar la actividad y después en función del
volumen de agua distribuido por día, con la frecuencia señalada en el Anexo V.A. 2.c)
Guía de Buenas Prácticas de Fabricación y Distribución de Complementos Alimenticios – 2019
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