Page 101 - Guia de Buenas Practicas AFEPADI 2019
P. 101

En TODAS las etapas de producción, transformación y distribución de los complementos alimenticios
                  debe asegurarse la trazabilidad de los mismos.
                  El Reglamento 178/2002 define la trazabilidad como la posibilidad de encontrar y seguir el rastro, a
                  través de las etapas de producción, transformación y distribución, de un alimento, un pienso, un
                  animal  destinado  a  la  producción  de  alimentos  o  una  sustancia  destinada  a  ser  incorporada  en
                  alimentos o piensos o con probabilidad de serlo. En los casos en que aplique se deberá tener también
                  en cuenta el Reglamento 931/2011 de trazabilidad animal.

                  La trazabilidad de los alimentos a lo largo de la cadena alimentaria permite identificar y abordar los
                  posibles  riesgos  y  proteger  la  salud  pública,  por  lo  que  es  un  factor  esencial  para  garantizar  la
                  seguridad alimentaria. Ante una alerta alimentaria permitirá una actuación rápida para la retirada del
                  mercado de los productos o ingredientes afectados.

                  El requisito de trazabilidad tiene por objetivo garantizar que los establecimientos alimentarios puedan
                  identificar a los proveedores inmediatos de las materias primas o de los productos y a los receptores
                  de sus productos inmediatamente posteriores, es decir un paso por detrás y un paso por delante. Por
                  ello se puede hablar de la trazabilidad en tres fases:

                  Trazabilidad hacia atrás: de quién se reciben los productos.
                         Acciones: Registrar el número de lote y/o el número de identificación de las materias primas
                  o de los productos recibidos y saber qué se hará con ellos.

                  Trazabilidad de proceso (interna): vincular lo que entra con lo que sale.
                         Acciones:  Registros  de  entrada,  productos  intermedios,  saber  qué  son,  cómo  se  han
                  procesado, y cuándo.

                  Trazabilidad hacia adelante: qué y a quién se entregan los productos.
                         Acciones: Registrar los datos completos de los productos entregados, datos de los clientes,
                  datos del transporte, datos de todo lo que se ha vendido y cuándo.

                  Para alcanzar este objetivo los establecimientos deben poner en práctica todos aquellos sistemas y
                  procedimientos  que  sean  necesarios  para  tener  esta  información.  Es  de  especial  importancia
                  mantener toda la documentación y registros al día. Para más información ver la Guía de Trazabilidad
                  de AECOSAN
                  (http://www.aecosan.msssi.gob.es/AECOSAN/web/seguridad_alimentaria/detalle/trazabilidad.htm) .



                              El sistema de trazabilidad en acción, funciones y responsabilidades:

                                                                      Acciones cuando se identifica un
                                             Responsabilidades
                                                                                  riesgo
                                                                     Retirar inmediatamente los productos
                                         Identificar y documentar la     del mercado y si es necesario,
                                        información de los productos,   recuperarlos de los consumidores.
                                       un paso atrás y uno adelante, en   Destruir el lote, o los envíos de
                     Establecimientos   la cadena alimentaria (Art. 18   alimentos que no satisfacen los
                       alimentarios
                                        del Reglamento 178/2002) Ver       requisitos de seguridad.
                                          Programa de Control de    Informar a las Autoridades competentes
                                                Trazabilidad        por razón de territorio del riesgo y de la
                                                                            acción llevada a cabo.





                              Guía de Buenas Prácticas de Fabricación y Distribución de Complementos Alimenticios – 2019
                                                           101
   96   97   98   99   100   101   102   103   104   105   106