Page 8 - Guia de Buenas Practicas AFEPADI 2019
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pero que su abordaje facilita a los operadores la aplicación de otros preceptos importantes de la
                  legislación alimentaria.
                  Como todo, esta Guía es susceptible de ser mejorada y enriquecida y se irá modificando en función
                  de las necesidades de cada momento. En 2012 y teniendo en cuenta la Guía de la EBF (European
                  Botanical Forum) “Quality Guide for Botanical Food Supplements” publicada en julio de 2011, se
                  incorporaron aspectos relativos a los complementos alimenticios a base de plantas.
                  Esta nueva revisión incorpora las sugerencias y comentarios recibidos en los últimos dos años tanto
                  desde la propia industria especializada y con la colaboración de las Autoridades españolas: Aecosan
                  (Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición) y Comunidades Autónomas.
                  Igualmente  importante  señalar  que  los  trabajos  de  revisión  se  han  efectuado  en  el  seno  de  la
                  European Federation of Associations of Health Product Manufacturers (EHPM) aprovechando, así, la
                  ocasión para revisar en los mismos términos la Guía que dicho organismo adoptó en 2007. Un nuevo
                  paso hacia una armonización en materia de calidad y seguridad que, sin duda, será de gran utilidad
                  en el nuevo escenario legislativo hacia el que se dirigen los complementos alimenticios en la Unión
                  Europea.

                  Gracias por transmitirnos sus opiniones y aportaciones. Sumar siempre es positivo.
                  El equipo de AFEPADI.




                  UTILIDAD DE LA GUÍA

                  Esta guía de buenas prácticas para la fabricación y distribución de complementos alimenticios es, tal
                  y como su título indica, una orientación para los fabricantes y comercializadores.
                  Incorpora requisitos de obligado cumplimiento pertenecientes tanto a la legislación de la Unión
                  Europea como a la nacional de España, y procedimientos recomendados basados en ejemplos de
                  buenas  prácticas  con  el  objetivo  de  mantener  la  coherencia  y  seguridad  en  la  fabricación  y
                  distribución de complementos alimenticios.
                  Los requisitos obligatorios son de necesario cumplimiento, pero las prácticas recomendadas deberán
                  incorporarse a los procesos de producción cuando sean apropiadas y beneficiosas, según lo determine
                  cada fabricante.
                  Dada la gran diversidad de productos y la gran variabilidad de formas en que se pueden presentar y
                  comercializar los complementos alimenticios, el contenido de la presente guía es general aunque
                  suficientemente claro para que cualquier empresa del sector, cualesquiera que sean los productos
                  con los que trabaja, pueda encontrar las directrices básicas para ajustarse a las mismas.
                  Por el mismo motivo, los ejemplos que se ofrecen en este documento son meramente orientativos,
                  pero no tienen por qué ser aplicables en productos aparentemente similares, ya que cada empresa
                  y cada producto tiene sus características particulares que deben tenerse en cuenta.
                  En  el  contexto  de  este  manual:  "Debe"  o  “deberá”  implica  un  requisito  obligatorio  (directa  o
                  indirectamente),  mientras  que  "debería"  expresa  una  práctica  aconsejada.  Estos  dos  tipos  de
                  información se encontrarán debidamente diferenciados en cada capítulo.










                              Guía de Buenas Prácticas de Fabricación y Distribución de Complementos Alimenticios – 2019
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