Recientemente la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha publicado un esperado informe científico-técnico sobre alimentación para deportistas1 que no difiere del emitido por el Comité Científico de Alimentación en el 2001. Es fundamental que esta categoría de alimentos cuente con un reconocimiento legal propio para garantizar a los deportistas la calidad nutricional, seguridad ante el dopaje y la conveniencia de una alimentación adecuada a sus necesidades.
La entrada en vigor el 20 de julio de 2016 del Reglamento 609/2013 sobre nutrición especializada no introduce normas específicas para alimentos destinados a deportistas. Si no hay un marco legal específico, no habrá requisitos de información obligatoria en el etiquetado (requisitos de composición y de seguridad ante el dopaje). Y las declaraciones de propiedades saludables autorizadas, que no son específicas para esta categoría de productos sino para alimentos en general, seguirán siendo inadecuadas.
El perjuicio de no contar con un marco legislativo específico recae principalmente en el consumidor, en una merma de la protección de su salud y en la seguridad del producto (debido a una utilización inadecuada). Esta falta de seguridad jurídica además tendría consecuencias en la innovación y desarrollo de este sector.
Por esta razón, desde Afepadi defendemos la creación de una normativa específica donde los alimentos para deportistas se distingan claramente de los alimentos de consumo general porque están formulados de manera específica para cubrir las necesidades de los deportistas y pueden no ser aptos para la población en general.
1. http://www.efsa.europa.eu/sites/default/files/scientific_output/files/main_documents/871e.pdf