En la consulta que, en su momento, se debía prolongar durante ocho semanas, fueron llamadas a participar numerosas pequeñas y medianas empresas (pymes), incluidas las microempresas. A todas ellas, se les pidió su aporte y experiencia en el cumplimiento de la legislación en materia de botanicals. Sin embargo, y a pesar de la participación, se desconocen las conclusiones poniéndonse de manifiesto, una vez más, que el esperado avance en este ámbito sigue estando en punto muerto.Recordar que el programa de adecuación y eficacia de la reglamentación de la Comisión (REFIT) garantiza que la legislación de la UE aporte resultados a los ciudadanos y las empresas de manera efectiva, eficiente y con un coste mínimo. La finalidad de REFIT es simplificar la legislación europea, eliminar cargas innecesarias y adaptar la legislación vigente, sin interferir con los objetivos políticos.
Estancamiento, una vez más
Como ya hemos informado en alguna ocasión, desde hace años, los operadores de la industria de los complementos alimenticios y productos dietéticos y, en general, las empresas alimentarias que desean realizar declaraciones de propiedades saludables sobre plantas o ingredientes vegetales se han tenido que conformar con las llamadas declaraciones “pendientes” -on hold- o bien iniciar el lento y poco exitoso procedimiento de solicitar una health claim a título privado. Sin embargo, usar estas health claims es caminar sobre una situación legal frágil y limitada. A esto, hay que sumar que el uso de health claims no sólo se aplica a los reclamos de etiquetas de productos sino que, a raíz de una resolución judicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Reglamento de Declaración de Nutrición y Salud (NHCR, EC 1924/2006) también se extiende, desde el año pasado, a la comunicación B2B y a la comunicación de las empresas con los profesionales de la salud.
Conclusiones contrapuestas evidencian la dificultad
Es evidente que la deseada armonización y avance legislativo en materia de botanicals no es fácil sobre todo cuando, además, se dan a conocer conclusiones divergentes que no deberían producirse en virtud del Reglamento UE 178/2002 por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria. La opinión reciente de la EFSA sobre los hidroxiantracenos demuestra cuán difícil es definir el papel de la planta o ingrediente vegetal en los complementos alimenticios. Mientras que la Agencia Europea del Medicamento (EMA) los ha admitido, aunque con cautela, basándose en que son productos que han estado en el mercado durante mucho tiempo, la EFSA ha emitido una opinión completamente negativa sobre su uso.
Belfrit, la alternativa
Mientras que los resultados de la consulta REFIT continúan sin conocerse y el avance legislativo en esta materia sigue sin dar frutos, el proyecto BELFRIT se vislumbra como alternativa y como respuesta regulatoria de los países a un estándar común en material de botanicals.
Actualmente, el listado Belfrit, de Italia, Francia y Bélgica, recoge 1000 plantas e ingredientes vegetales, todos evaluados y aprobados por un comité científico. Aunque los resultados del proyecto no son legales en ningún país de la UE, ahora mismo cualquier decisión que tome la Comisión Europea en el futuro tendrá que lidiar con el peso y la influencia que conlleva el proyecto Belfrit debido a la cada vez mayor aceptación que tiene entre los países de la Unión Europea y a la capacidad de haber creado casi un mercado único en Francia, Italia y Bélgica, países impulsores de este proyecto.
Desde Afepadi consideramos fundamental una firme voluntad política europea para avanzar en este ámbito que permita lograr la ansiada armonización europea en plantas e ingredientes vegetales. Será la única manera de que la industria deje de tener limitadas sus posibilidades de expansión y de que el consumidor pueda acceder a nuevos productos con claras garantías de seguridad y eficacia.