La fijación de valores máximos de vitaminas y minerales es un tema que la CE tiene pendiente adoptar y que finalmente, tras años de espera, por fin parece ir avanzando. Como mandato de la CE, la EFSA se encuentra en proceso de revisión de los Niveles Máximos de Ingesta Tolerables (UL) para la vitamina A, el ácido fólico/folato, la vitamina D, la vitamina E, el hierro, el manganeso, el β caroteno, la vitamina B6 y el selenio; y cuya fecha de finalización se prevé para mediados de 2023.
De las revisiones realizadas por EFSA se desprenderán una serie de nuevos Dictámenes Científicos sobre los niveles máximos de ingesta tolerable de vitaminas y minerales que permitirán a la CE avanzar hacia una propuesta legislativa europea.
En 2006, la CE ya realizó un proceso de consultas con los Estados Miembros sobre el establecimiento de cantidades máximas y mínimas de vitaminas y minerales en los productos alimenticios; sin embargo, no se llegó a presentar ninguna propuesta dada la complejidad del tema y las opiniones divergentes que se obtuvieron entonces. Ahora, y con el objetivo de volver a retomar esta cuestión, la CE ha creado un grupo de trabajo específico y compuesto por expertos de los Estados miembros, entre los cuales se encuentra España. Concretamente, se están consultado las posiciones de cada Estado Miembro mediante el análisis de los modelos que se podrían adoptar a nivel de la UE para el cálculo de los niveles máximos.
La importancia de la armonización de los niveles máximos de vitaminas y minerales en los complementos alimenticios
Paralelamente a la CE, las entidades implicadas en el sector de la alimentación también están trabajando en este tema, como es el caso de Food Supplements Europe (FSE) y FoodDrinkEurope, organizaciones de las que Afepadi forma parte. Mientras que FSE ya ha presentado su modelo revisado al Grupo de Trabajo de la CE y trabaja con los diferentes Estados Miembro para darle visibilidad y garantizar un escenario adecuado para el sector de complementos alimenticios, FoodDrinkEurope ha iniciado un mapeo de las normativas y recomendaciones adoptadas en cada Estado Miembro para presentarlos a la CE y así garantizar que los niveles máximos establecidos por la legislación de la UE no sean inferiores a los niveles que se aplican actualmente en alimentos en el mercado europeo
En el caso concreto de los complementos alimenticios, las normas europeas establecen que solo pueden incluirse vitaminas y minerales después de que estos hayan sido evaluados por su seguridad y hayan sido incluidos en una lista positiva de la UE (anexos I y II de la Directiva 2002/46/CE). A pesar de esta lista, la falta de límites máximos armonizados en Europa acaba generando inseguridad jurídica e incertidumbre entre los diferentes operadores económicos, obstaculiza la libre circulación en la UE y dificultan cualquier proceso de exportación.
Mientras esta armonización no llega, algunos Estados Miembros han aplicado unos niveles máximos según diferentes criterios. En el caso de España, se sigue la guía Tolerable Upper Intake Level evaluados por la EFSA, que establece los niveles de ingesta para algunas vitaminas y minerales por debajo de los cuales se considera seguro su consumo.