La formación irá a cargo de Camil Rodiño, secretario general de Afepadi, y contará con la participación de Antoni García Gabarra, consultor en legislación alimentaria, especializado en complementos alimenticios y alimentos para grupos específicos de población.
Actualmente el Reglamento (CE) 1924/2006 establece que las expresiones “probiótico”, “contiene probióticos” o similares son declaraciones de propiedades no autorizadas, ya que, según la Guía de la Comisión Europea sobre la aplicación del Reglamento (CE) 1924/2006, estas expresiones se consideran una declaración de propiedades saludables porque supone efecto implícito en la salud y así lo entiende el consumidor.
Esta normativa, traspuesta al derecho nacional por el Real Decreto 1487/2009 relativo a los complementos alimenticios, especifica que en el etiquetado deben figurar obligatoriamente “la denominación de las categorías de nutrientes o sustancias que caractericen el producto, o una indicación relativa a la naturaleza de dichos nutrientes o sustancias”, y en ningún momento debe contener el término “probiótico”.
Asimismo, los ingredientes deben de figurar en la lista de ingredientes una sola vez en toda la etiqueta, ya que las menciones utilizadas más de una vez en distintas partes del etiquetado se considera una declaración de salud no autorizada.