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Lunes, 25 Marzo 2019 16:52

El Cannabidiol en complementos alimenticios. Situación normativa

Complementos alimenticios

Crece el interés por el uso del cannabidiol en complementos alimenticios, pero ¿cuál es la situación legal de este producto derivado del cáñamo? ¿Hay consenso sobre su utilización?

El cáñamo es un producto alimenticio no considerado nuevo alimento que, en los últimos años, está generando bastante controversia con posturas y opiniones contrapuestas entre países, sobre todo en lo referente a sus productos derivados, los cannabinoides y, en particular, el cannabidiol (CBD). En la UE, por ejemplo, hay Estados miembros que consideran esta sustancia como narcótico mientras que algunos la clasifican de medicamento y otros cuentan con una amplia gama de productos en el mercado que la contienen.

Cannabis es el nombre genérico que se refiere a tres especies principales: Cannabis sativa, Cannabis indica y Cannabis ruderalis. Todas contienen cannabidiol (CBD) y tetrahidrocannabinol (THC). Si bien el THC es la principal sustancia psicoactiva, el CBD se clasifica como un fitocanabinoide y, acorde con diferentes estudios científicos, tiene efectos calmantes y antiinflamatorios.

El cáñamo se cultiva a escala industrial y tiene diferentes usos, desde alimentos para animales hasta biocombustibles, ropa y piezas de automóviles. Por su parte, las semillas de cáñamo tienen un alto contenido de proteínas y grasas saludables Omega-3 y son un ingrediente popular en determinados alimentos. Contienen niveles extremadamente bajos de CBD y están libres de THC.

A pesar de que la evidencia científica apunta a determinados beneficios sobre la salud de esta planta, el panorama regulatorio es cauto y, en algunos casos, confuso a la hora de regular su uso incluidos los complementos alimenticios.

La situación europea. Su uso en complementos alimenticios

En Europa, la posición de determinados Estados miembros sobre esta sustancia y la presión ejercida para intentar dar solución a un asunto que lleva años debatiéndose y su incorporación en complementos alimenticios, ha llevado a que, recientemente, se hayan realizado actualizaciones en el Catálogo de Novel Foods de la UE en relación con el uso del CBD, otros cannabinoides y productos derivados del cáñamo en los alimentos.

El texto recoge que los extractos de Cannabis sativa L. y los productos derivados que contienen cannabinoides se consideran novel foods debido a que no ha podido demostrarse un historial de consumo. Esto se aplica tanto a los extractos como a los productos a los que se agregan como ingrediente (como el aceite de semilla de cáñamo). También se aplica a los extractos de otras plantas que contienen cannabinoides y a los cannabinoides obtenidos sintéticamente.

Si bien el catálogo no tiene carácter vinculante, es cierto que se utiliza como referencia por las autoridades de los países de la UE para ayudar a hacer cumplir los Reglamentos sobre Novel Foods.

Normativa en países de la UE sobre su uso en complementos alimenticios

La actual situación legal actual en algunos países de la UE y del resto del mundo sobre el cannabidiol en complementos alimenticios es bastante compleja y variada.

España

España carece de cualquier regulación del uso del cannabis como alimento, pero en cualquier caso solo las vitaminas y minerales pueden reconocerse como complementos alimenticios, no las plantas. Por tanto, no es legalmente posible registrar en España un complemento alimenticio hecho a base de cáñamo.

Reino Unido

El uso de cannabidiol en complementos alimenticios es un tema delicado y muy complejo en términos legales. En cualquier caso, Reino Unido prohíbe terminantemente cualquier producto que contenga restos de THC que es la sustancia psicoactiva.

Francia

Desde junio de 2018, todos los productos con cannabidiol deben probar que no contienen restos de THC. Si se confirma su ausencia, pueden permitirse, siempre y cuando cumplan con la legislación alimentaria.

Alemania

En el país germano, la situación es similar al Reino Unido y Francia. Está prohibida la presencia de cualquier traza de THC en alimentos con cannabidiol.

Norteamérica

Actualmente, la FDA prohíbe que las empresas agreguen CBD y THC a los alimentos, las bebidas y los complementos alimenticios de venta autorizada. Tampoco permite que, aun en los estados donde las sustancias son legales, la información para el consumidor haga afirmaciones sobre su valor terapéutico.

Sudamérica

En América Latina es quizás donde hay unas leyes más permisivas. En Colombia se legalizó el cannabis medicinal y el cultivo en 2015. En México, se pueden vender legalmente productos con CBD siempre y cuando el porcentaje de THC sea menor a un 1%. En Argentina, sin embargo, la ley es bastante ambigua y ha dado como resultado que las regulaciones regionales hayan hecho interpretaciones diferentes sobre lo que está permitido y lo que no.

Australia

Todos los productos, excepto la fibra y las semillas, derivados del cannabis se consideran medicamentos y sólo pueden utilizarse con fines médicos o científicos. No pueden, por tanto, usarse en alimentos o cosméticos.

India

La población solo puede importar cannabis medicinal si cuenta con un permiso especial de sus médicos. Suelen ser productos caros y, por tanto, están fuera del alcance de muchos pacientes. Sin embargo, este año podría darse un avance en este sentido ya que los productos de cannabis medicinal podrían obtener la aprobación para fabricarse en este país.

A la espera de la EFSA

En estos momentos, se está a la espera de que la máxima autoridad en seguridad alimentaria, la EFSA, emita su dictamen sobre el uso del cannabidiol en complementos alimenticios en adultos con una ingesta diaria de 130 mg. Su opinión no debería demorarse más allá de este mes de marzo de 2019 tal y como en principio se apuntó. Si la opinión de la EFSA es positiva, el paso siguiente es que la Comisión Europea redacte un acto de ejecución que permita el uso del producto dentro de siete meses.

Desde Afepadi consideramos que la carencia de una armonización en la UE ha llevado a que un mismo producto sea tratado de manera diferente. Si las cifras confirman que los consumidores hacen un uso cada vez mayor de complementos alimenticios, es fundamental que se les ofrezcan productos totalmente seguros y eficaces. Es necesario que exista un marco normativo general que asegure el mismo grado de protección para los consumidores en toda la UE.

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