Aún no existe una legislación armonizada a nivel europeo para esta categoría de productos. Sin embargo, algunos estados miembro pueden tener reglamentos específicos estableciendo procedimientos de notificación propios para dichos productos.
A partir de julio del 2016, de acuerdo al Reglamento (EU) 609/2013, relativa a la revisión de la legislación PARNUTS, todos los alimentos para deportistas serán considerados alimentos ordinarios, alimentos fortificados o complementos alimenticios, con posibles declaraciones de propiedades nutricionales y de salud. Pero si se incluye la nutrición deportiva dentro de una marco legislativo general, no se estarán reconociendo las necesidades específicas de los deportistas.
Los deportistas tienen unas necesidades nutricionales que, en determinadas circunstancias, son difíciles de cubrir en su totalidad únicamente a través de la dieta normal. Los requerimientos energéticos pueden superar las 5.000 kcal/día, en algunos casos, y la frecuencia e intensidad del entrenamiento demandan la ayuda de suplementación. Vitaminas y minerales, creatina, beta alanina, bebidas de electrolitos, etc. han demostrado durante décadas ser beneficiosos para el atleta ayudándole a reducir la incidencia de lesiones, calambres musculares, etc.
Debido a la especificidad de los sport foods, enmarcarlos dentro de una legislación alimentaria general frenaría el hecho de poder responder a las necesidades específicas de los deportistas, además de frenar la innovación y desarrollo de productos. Este es el momento de aunar esfuerzos entre industria y autoridades para crear normas específicas para sports foods dando respuesta así a la preocupación de los estados miembro de la EU por la protección del consumidor final en materia de composición, instrucciones de uso, etc.