A través del Reglamento (UE) 2020/2040, la CE ha establecido límites para el contenido máximo de alcaloides pirrolizidínicos en determinados productos alimenticios, modificando así el Reglamento (CE) 1881/2006. Así, este nuevo Reglamento contempla un nivel máximo de 400 μg/kg de alcaloides de pirrolizidina en complementos que contengan ingredientes de hierbas, así como un nivel máximo de 500 μg/kg en el caso de complementos a base de polen y sus derivados.
Al haberse fijado un periodo transitorio de 18 meses, iniciado este mes, los productos alimenticios que se hayan comercializado legalmente antes del 1 de julio de 2022 podrán seguir en el mercado hasta el 31 de diciembre de 2023. Esto posibilita que las empresas dispongan de más tiempo para adaptar los productos que están en el mercado y puedan cumplir con el nuevo marco normativo establecido.
El objetivo de este nuevo Reglamento consiste en minimizar la presencia de estos contaminantes en la cadena alimentaria y mantener unos niveles tan bajos como sean posibles. De este modo, el operador que vende el producto es el que deberá asegurarse que se cumple con la legislación vigente a través de medidas y controles durante los procesos de abastecimiento, producción y almacenamiento, tanto del producto como de sus ingredientes.
Antecedentes
El debate de los PAs en alimentos viene de lejos y, desde 2007, la EFSA ha ido publicando diferentes dictámenes e informes al respecto. El más reciente, publicado en 2017, se centraba en la presencia de PAs en la miel, el té, las infusiones de hierbas y los complementos alimenticios, en el cual se hablaba de posibles riesgos para la salud humana. Por otro lado, a nivel nacional, el Comité Científico de la AESAN emitió en febrero de 2019 un informe sobre el riesgo asociado a la presencia de alcaloides de pirrolizidina en polen destinado al consumo humano.