El nuevo Reglamento (UE) 2022/63 que la Comisión Europea ha publicado sobre la prohibición del uso del dióxido de titanio (E171) como aditivo alimentario está generando numerosas dudas por parte de las empresas asociadas a Afepadi. Es por ello por lo que, como parte de la atención y asesoramiento que realizamos, para el próximo lunes 24 de enero hemos organizado una sesión específica sobre la correcta aplicación del Reglamento.
El objetivo principal de esta reunión técnica es plantear y aclarar cualquier cuestión al respecto: posibles dudas sobre su interpretación o sobre mensajes contradictorios, cómo resolver consultas de clientes, etc.
Prohibición del dióxido de titanio como aditivo alimentario en 2022
Tal y como informamos recientemente, este nuevo Reglamento, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al aditivo alimentario E171, entrará en vigor el próximo 7 de febrero de 2022.
Para minimizar al máximo el impacto que pueda tener en las empresas que trabajan con este aditivo y gracias a la actuación de Afepadi y de FSE, se ha establecido un periodo transitorio de 6 meses. De este modo, los alimentos producidos con E-171 se pueden seguir fabricando y comercializando hasta el 7 de agosto de 2022 y será a partir del 8 del mismo mes cuando ya no se podrán fabricar ni comercializar más alimentos con dicho aditivo. A partir del 8 de agosto de 2022 solo podrán permanecer en el mercado los productos con E-171 que hayan sido producidos y comercializados antes de acabar el periodo transitorio y hasta finalizar su fecha de duración mínima.