Miércoles, 09 Marzo 2022 10:50

Novel Foods, ¿cómo avanzan las autorizaciones según la legislación vigente?

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Novel Foods, ¿cómo avanzan las autorizaciones según la legislación vigente?

Entre 2021 y lo que llevamos de este año se han publicado alrededor de 23 Reglamentos de Ejecución para autorizar el uso y comercialización de nuevos Novel Foods, lo que evidencia una incorporación creciente de los nuevos alimentos a la legislación alimentaria.

Las nuevas tendencias y necesidades emergentes de los consumidores en el sector de la alimentación han hecho que muchas empresas de la industria alimentaria inviertan en innovación con el objetivo de producir nuevos alimentos más beneficios y funcionales desde un punto de vista nutricional. Esta es una de las realidades que ha propiciado la aparición de los denominados ‘nuevos alimentos’ (Novel Foods), y cuya regulación en su uso a nivel europeo viene dada por el Reglamento (UE) 2015/2283.

Según esta normativa específica, se entiende como nuevo alimento’ todo alimento que no haya sido utilizado en una medida importante para el consumo humano en la Unión Europea (UE) antes del 15 de mayo de 1997, fecha en la que entró en vigor el anterior Reglamento sobre nuevos alimentos, independientemente de la fecha de adhesión de los Estados Miembros a la UE. Tal y como especifica la AESAN, un nuevo alimento puede ser de reciente creación, alimentos innovadores, alimentos producidos utilizando nuevas tecnologías y procesos de producción, así como alimentos que se consumen o se han consumido tradicionalmente fuera de la UE.

Las normas europeas y los Reglamentos que han ido surgiendo para la autorización de los Novel Foods pretenden ser un mecanismo de seguridad alimentaria para controlar los nuevos productos alimenticios producidos genética o sintéticamente antes de su entrada en el mercado, además de proteger la innovación en la industria alimentaria y de las empresas que introducen alimentos e ingredientes innovadores en la UE.

¿Cómo saber si un ingrediente es considerado Novel Food y si está autorizado o requiere autorización?

Desde Afepadi recordamos que los organismos reguladores ponen a disposición de las empresas una serie de herramientas que pueden ayudar a resolver cualquier duda al respecto.

- En primer lugar, existe una lista de Nuevos Alimentos Autorizados en la UE recogida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, que se va actualizando con las modificaciones publicadas para incorporar al listado nuevos alimentos autorizados. Este listado complementa el Reglamento (UE) 2015/2283. Por su parte, AESAN recientemente ha actualizado en su web la tabla que recopila los Nuevos Alimentos autorizados para ser utilizados en la elaboración de complementos alimenticios, documento que pretende ser de ayuda para los operadores de empresas alimentarias y también para las autoridades de control.

- Por otro lado, la Comisión Europea (CE) aloja en su web el Novel Food EC Catalogue, que enumera los productos de origen animal y vegetal y otras sustancias sujetas al Reglamento (UE) 2015/2283 relativo a los nuevos alimentos, según la información proporcionada por los Estados Miembros de la UE. Este buscador permite a las empresas consultar si un ingrediente está catalogado como Novel Food y, por tanto, si se puede comercializar o no.

- No obstante, recordamos que el hecho de que un ingrediente no se encuentre en el catálogo o en la lista no significa que no sea un nuevo alimento, sino que seguramente no se ha llegado a evaluar como tal, es decir, que ninguna empresa o entidad lo ha solicitado.

En cualquier caso, y para asegurar el uso de un ingrediente, en primer lugar, las empresas deben comprobar y demostrar, previo a su uso, que no se trata de un Novel Food que requiera autorización, y lo pueden hacer aportando documentación como catálogos o facturas que demuestren su historial de uso antes del 1997. En caso de no ser así, el alimento se considera nuevo y, por tanto, debe ser autorizado por la Comisión Europea antes de su comercialización. En nuestro país, la AESAN matiza en su web tanto el procedimiento de autorización a seguir como documentos de orientación para los solicitantes de nuevos alimentos e ingredientes alimentarios. De este modo, la CE solicita a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) una evaluación de seguridad del alimento y, en base a los resultados de su informe, la Comisión decide si se autoriza o no su comercialización como nuevo alimento en la UE a través de un Reglamento de Ejecución.

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