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Martes, 22 Septiembre 2015 10:00

Los probióticos siguen buscando su encaje en el reglamento de propiedades saludables

Los probióticos son microorganismos vivos (bacterias, en la mayoría de los casos) similares a los microorganismos que se encuentran de manera natural en el intestino humano. Las bacterias probióticas más comunes son las cepas Lactobacillus y Bifidobacterium. Los probióticos tienen el potencial de ser beneficiosos para la salud manteniendo o mejorando el equilibrio saludable de la flora microbiana intestinal. El interés por los probióticos de la comunidad científica y de la industria es cada vez mayor, consecuencia del creciente vínculo entre el microbioma intestinal y la salud.

Desde hace algunos años, el mercado de los probióticos ha crecido de manera exponencial. El consumidor se ha acostumbrado a encontrar los probióticos en determinados alimentos (sobretodo lácteos fermentados) y también en forma de complementos alimenticios.

Es abundante la literatura científica que aporta pruebas sobre el beneficio para la salud del consumo de probióticos. Sin embargo, estas pruebas sólo son atribuibles a la cepa objeto del estudio, por lo que los resultados no pueden aceptarse de manera general1. Entre los principales posibles efectos beneficiosos1 del consumo de probióticos se encuentran la reducción de la incidencia o gravedad de las infecciones gastrointestinales,  la mejora de las defensas del organismo o la mejora de la función intestinal.

Con la entrada en vigor del reglamento de la UE sobre las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables (1924/2006/CE), los fabricantes de probióticos deben presentar toda declaración de propiedad saludable ante la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) para que evalúe su base científica antes de ser aceptada o rechazada por la Comisión Europea. De momento, a pesar de las múltiples solicitudes realizadas, ninguna declaración nutricional y de propiedad saludable para probióticos ha recibido la evaluación positiva de la EFSA.

Según esta misma legislación, el propio término probiótico es considerado como una declaración de propiedad saludable no autorizada. La Comisión Europea considera que el término “probiótico” implica que el producto proporciona un beneficio para la salud, lo que podría inducir a error a los consumidores, a menos que pueda justificarse.

El mismo reglamento 1924/2006/CE previó el uso de “descriptores genéricos” de alimentos y bebidas (que pudieran interpretarse por el consumidor como una declaración de propiedad saludable) si habían estado en el mercado durante más de 20 años. Dicho reglamento define al descriptor genérico como “denominaciones tradicionalmente utilizadas para indicar una particularidad de una categoría de alimentos o bebidas con posibles consecuencias para la salud humana”. Para los probióticos esto suponía abrir una vía para comunicar los beneficios de esta familia de productos. Un paso para cumplir con el derecho del consumidor a ser informado de lo que compra y consume. 

 

1. http://www.eufic.org/article/es/artid/Bacterias-probioticas-investigacion/

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