Jueves, 22 Junio 2023 10:36

Finaliza el periodo transitorio para adaptarse al Reglamento que restringe el uso de los extractos de EGCG

Finaliza el periodo transitorio para adaptarse al Reglamento que restringe el uso de los extractos de EGCG Finaliza el periodo transitorio para adaptarse al Reglamento que restringe el uso de los extractos de EGCG

A partir de hoy, los productos alimenticios que contengan extractos de té verde con (–) 3-galato de epigalocatequina (EGCG) que no cumplan con el nuevo Reglamento no podrán permanecer en el mercado.

El pasado 21 de diciembre entró en vigor el Reglamento (UE) 2022/340, que establece que la porción individual de alimento o complemento alimenticio para consumo diario debe contener como máximo 800mg de galato de epigalocatequina.

Los requisitos adicionales en el anexo del nuevo Reglamento pretenden fijar un etiquetado más claro y transparente para los productos que se comercializan a base de estas sustancias, informando del contenido de catequinas y de sus posibles efectos para la salud.

Durante los seis meses que la Comisión Europea fijó como periodo transitorio, las empresas han tenido que adaptarse a las condiciones del nuevo Reglamento. De este modo, a partir de hoy, los productos alimenticios que contengan extractos de té verde con EGCG que no cumplan con el nuevo Reglamento no podrán permanecer en el mercado, tal y como informamos desde Afepadi en el momento en el que salió publicado.

Se trata de una decisión que la Comisión Europea ya llevaba tiempo trabajando, desde que se emitió el dictamen de la EFSA en 2018 sobre la seguridad del consumo de las catequinas de té verde en fuentes dietéticas, incluyendo los complementos alimenticios y las infusiones.

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